Ciberacoso, la puerta al infierno

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Aquella noche de marzo de 2023, Iliana jamás habría imaginado que su vida estaba a punto de cambiar para siempre. Confiaba en sus dispositivos y en la seguridad de las plataformas en las que guardaba fragmentos de su vida privada. Eran imágenes y recuerdos que solo compartía con su pareja. Pero un breve descuido al descuidar su teléfono en el aula de la universidad abrió la puerta a su infierno. Un compañero, a quien aquí llamaremos “R”, aprovechó esos minutos de ausencia para infiltrarse en su privacidad.

No fue el primer intento, ni el último, de una serie de acosos y manipulaciones por parte de un joven que, con una imagen respetable en la universidad, había estado asediando y vulnerando a varias mujeres sin ninguna represalia. Lo que empezó como susurros, risas y comentarios aparentemente inofensivos sobre su ropa interior, pronto se convirtió en una pesadilla. Esta se materializó cuando descubrió que sus imágenes personales circulaban en un grupo de WhatsApp. En él estas se compartían, sin su consentimiento, en un espacio dedicado a la cosificación y humillación de sus compañeras.

A Iliana le tomó meses de dolor y lucha interior denunciar. Sus peticiones de ayuda a la administración de la universidad se encontraban con barreras. Algunas de ellas eran la incredulidad, la culpa y la excusas, que profundizaban su aislamiento. Los mismos profesores cuestionaron sus palabras y la juzgaron. Le dijeron que era culpable por haber tenido esas imágenes, por “haberse puesto en riesgo”. Como si su vida privada justificara el abuso que estaba sufriendo. En la rectoría, un profesor le comentó que seguramente ella “le había enviado las fotos a R”. Por lo tanto, el problema era suyo. La soledad de Iliana crecía y, con ella, el miedo y la desconfianza en el sistema. 

Las víctimas no denuncian

Según datos del Módulo sobre Ciberacoso (MOCIBA) 2023, aunque millones de personas son víctimas de ciberacoso, una gran parte de estos casos no se denuncian. El INEGI señala que más de 17 millones de mexicanos sufrieron el año pasado algún tipo de hostigamiento ‘online’. La historia de Iliana expone una pregunta fundamental. ¿Hasta qué punto está preparada la sociedad para proteger a quienes son víctimas de ciberacoso? Con el avance de la tecnología, los derechos humanos enfrentan nuevos retos y requieren un marco de protección más sólido. 

“Para mí fue tan difícil, yo lloraba todos los días. No quería ir a la escuela porque yo me sentí exhibida. Me sentía desprotegida. No podía yo decir algo así en mi casa porque soy una mujer ya de 30 años Era lo que me decía un maestro”.

“Me decía a mí misma: ¿Cómo voy a dejar la escuela? ¿Cómo voy a dejar algo que me ha costado tanto? Al final tomar la decisión de no ir a esa universidad fue lo mejor porque estuve trabajando en mí”. Así se lamentaba Iliana.

De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) de 2021, el 30% de las mujeres en México han reportado haber sido víctimas de ciberacoso, una cifra que revela la magnitud de esta problemática. Ante el marco del Día Internacional de la Eliminación contra la Mujer, que se acaba de celebrar este lunes 25 de noviembre, resulta imperante frenar la deuda histórica que la sociedad tiene con ellas.

Del activismo a la Ley Olimpia

El caso de Olimpia Coral Melo es de obligada mención en este tema. Su experiencia de ciberacoso la llevó a convertirse en activista fundamental para la creación de la Ley Olimpia. La ley, que surgió en 2018 en el estado de Puebla, ha sido adoptada en 29 estados de México y tipifica el ciberacoso sexual como un delito con penas de hasta seis años de prisión. En la actualidad, la Ley Olimpia se ha convertido en un símbolo de lucha contra la violencia digital en México. Esta ha marcado un antes y un después en la protección de los derechos digitales de las mujeres.

En realidad, la Ley Olimpia como tal no es una ley. Es un conjunto de adecuaciones que se hicieron a la Ley General contra la Violencia para las Mujeres y al código penal para robustecer las penas a aquellas personas que difundan sin consentimiento las imágenes de índole sexual de una persona. Esta ley destaca por su carácter integral. Constituye un binomio inseparable que resalta dos aspectos clave. Por un lado, la importancia del consentimiento en la difusión de imágenes íntimas. Por otro, la protección de datos personales sensibles. La Ley de Protección de Datos en Posesión de Particulares establece que, cuando se divulgan datos sensibles relacionados con la intimidad sexual, las penas aplicables se duplican.

Esto se debe a que no es lo mismo revelar el nombre de una persona que exponer su preferencia sexual. Tampoco se puede exhibir ideología o cualquier información vinculada a su intimidad sexual. Por esta razón, las sanciones relacionadas con la protección de datos personales se agravan en estos casos. La legislación en materia de protección de datos se enfoca en garantizar la privacidad y el control sobre la información personal. Por su parte, la Ley Olimpia tiene como objetivo principal proteger a las personas mediante sanciones y la persecución de delitos derivados de la difusión no consentida de este tipo de imágenes. Además, si se detecta que una plataforma está incurriendo en violencia sexual o digital en este contexto, la Ley Olimpia contempla la posibilidad de sancionarla, considerándola responsable de un delito.

A pesar de la existencia de la Ley Olimpia, el gobierno mexicano ha sido criticado por la falta de una respuesta integral. La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) subraya en un informe que la coordinación entre las instituciones gubernamentales es insuficiente, lo cual entorpece la protección y el apoyo a las víctimas. Además, la falta de campañas de sensibilización y educación digital limita el alcance de la ley y deja a muchas mujeres sin la información necesaria sobre sus derechos y los recursos disponibles

Algo que conviene destacar es que la Ley Olimpia no solo ayuda a las mujeres. De hecho, existe un precedente reciente en el que un hombre denunció con ella a su mujer. Se produjo en 2022 en Coahuila, donde un esposo aplicó la Ley Olimpia para acusar a su mujer vía penal porque esta había publicado imágenes de él estando desnudo. 

¿Qué pasa con la protección de datos personales?

“Te imaginas que un día veas imágenes con tu rostro donde exponen tu cuerpo y crean perfiles falsos, chats y grupos en WhatsApp donde cualquiera se siente con el poder de hablar de ti como quiera”. Iliana, víctima de ciberacoso sexual.

En una entrevista reciente, Olga Navarro, presidenta del Instituto de Transparencia e Información Pública (ITEI) de Jalisco, habló sobre la Ley Olimpia y las políticas de protección de datos. Destacó cómo estas herramientas se integran para prevenir y sancionar delitos de ciberacoso, enfrentando retos tanto para las víctimas como para las instituciones.

La vulnerabilidad de datos personales, como imágenes, debería ser prioridad en las políticas públicas para garantizar una sanción efectiva. Sin embargo, el problema surge cuando una imagen está alterada y se alega que no pertenece a la víctima. Podrían argumentar que es una creación virtual basada en la persona, lo que complica su identificación como evidencia. Por este tipo de manipulación, la imagen puede parecerse a la víctima, pero no prueba que sea ella. Al ser un producto de inteligencia artificial, las acciones legales enfrentan mayores obstáculos. Esto evidencia la necesidad de actualizar los marcos normativos para enfrentar los desafíos de las nuevas tecnologías.

“No hay avances como para entender que los datos personales y la privacidad nos sobrepasa. Porque ni siquiera sabemos dónde entra y dónde termina”, explicó.

Navarro subraya que, aunque el ITEI tiene como misión promover una cultura de protección de datos personales, sus competencias están limitadas por la jurisdicción. Según la ley mexicana, los organismos locales pueden intervenir únicamente en cuestiones relacionadas con el manejo de datos personales por parte de entidades públicas, pero no de particulares. Esto implica que, en casos de vulneraciones de datos cometidas por individuos o plataformas privadas, las víctimas deben acudir al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). Si bien esta división es necesaria para delimitar responsabilidades, añade complejidad para quienes buscan una solución rápida y efectiva frente al ciberacoso, especialmente cuando se difunden datos sensibles sin consentimiento.

En cuanto a la protección de datos personales, es posible solicitar la eliminación de la información comprometida. Sin embargo, esto no implica la persecución del delito. Las víctimas pueden pedir que la plataforma retire los datos almacenados, siempre que se trate de un ámbito privado. Por su parte, el INAI es el organismo responsable de intervenir cuando la información está alojada en un espacio público, como una página web gubernamental o de un ayuntamiento.

Sin embargo, aunque las plataformas digitales pueden eliminar contenido público de sus servidores, una vez que este es redistribuido de forma privada, rastrearlo o eliminarlo se vuelve casi imposible. Esto pone en evidencia la necesidad de contar con una infraestructura más sólida y procesos judiciales más ágiles. Actualmente, en nuestro país estos muestran grandes limitaciones. Concretamentes, estas se deben a la falta de capacitación y recursos en los ministerios públicos y las policías cibernéticas. Todo lo expuesto hasta aquí pone de manifiesto la vulnerabilidad de las mujeres, y de todos en general, cuando el contenido comprometedor cae en manos de particulares.

Una ilustración conceptual que representa la incapacidad de las leyes frente al avance de la tecnología. En la imagen, se muestra una balanza de justicia rota y oxidada en un primer plano, con documentos legales desordenados alrededor. Al fondo, torres de servidores y una nube digital holográfica iluminada simbolizan el auge de la tecnología. La escena transmite un contraste entre lo antiguo y lo moderno, con colores oscuros y fríos predominando, enfatizando la sensación de desamparo legal. Elementos como cadenas rotas y un gavel caído refuerzan la idea de ineficacia de las leyes.

*Imagen creada con IA

¿Huecos en la legislación o incapacidad?

El 05 de julio del 2010 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares la cual contempla el derecho de oposición como un mecanismo de protección de los datos personales de los titulares. En el artículo 27 de esta ley refiere al derecho de oposición de la siguiente manera:

“Artículo 27.- El titular tendrá derecho en todo momento y por causa legítima a oponerse al tratamiento de sus datos. De resultar procedente, el responsable no podrá tratar los datos relativos al titular.

Dentro del internet tenemos la herramienta de los motores de búsqueda, como Google, Bing o Yahoo. Con ellos  podemos obtener información privada al ingresar el nombre de una persona. Por ello, al hablar del derecho de oposición nos planteamos la posibilidad de ejercer un derecho fundamental y participar en la autodeterminación informativa inherente al titular de los datos personales. Así, a través de la aplicación de este derecho, podemos tener cierto control hacia los algoritmos de indexación. Esta puede ser una forma de regular la cantidad de información que versa sobre nosotros en internet”.

Mientras que, en la Guía para ejercer el derecho de oposición en internet (desindexación de la información) que proporciona el ITEI menciona lo siguiente sobre dicho artículo: 

“El objetivo principal de esta guía es informar del procedimiento que pueden seguir los titulares para ejercer este derecho. Sin embargo, es importante mencionar que el seguir este procedimiento no garantiza que la información sea completamente borrada o desindexada del internet”.

El artículo 27 habla de las herramientas de los motores de búsqueda, como Google, Bing o Yahoo, para retirar información. Pero no son los únicos. Además de los mencionados, existen decenas de buscadores en la actualidad. Esto agrava la dificultad de desindexar la información delicada. ¿cuántos motores de búsqueda, además de estos tres hay? La cantidad de motores de búsqueda es inmensa. Mientras esto ocurre, los cibercrimales aprovechan ese mar de buscadores para la difusión de los contenidos a gran escala.

Una industria detrás de la web

La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) protege la dignidad y la privacidad de las personas en sus artículos 12 y 19. Pero, si a nivel mundial se reconoce la importancia de cuidar a la persona y por ende su imagen y datos sensibles, ¿por qué, si se sabe que en la web hay una puerta abierta para que las redes del crimen organizado se lucren con la imagen de una persona, las autoridades no hacen nada?

DarkNet y plataformas como OnlyFans son solo unos ejemplos de espacios donde basta con dar clic en “Aceptar términos y condiciones” para que cualquier persona inicie una mina de oro con tan solo poseer imágenes de tu rostro … 

Espacios digitales en la web como OnlyFans permiten a los creadores establecer tarifas para acceso exclusivo a su contenido. Este modelo fomenta la publicación de material explícito, ya que este tipo de contenido tiende a atraer a una audiencia dispuesta a pagar altas sumas. Los creadores pueden además cobrar por mensajes privados o contenido personalizado, lo que amplía las posibilidades para material explícito. No hay problema siempre y cuando todos los involucrados estén de acuerdo y sea bajo su propia voluntad el contenido distribuido, pero ¿cuántas personas están ahí sin saberlo o por extorsión?  

Si bien OnlyFans prohíbe explícitamente contenido ilegal, como pornografía no consensuada o explotación, su capacidad para monitorear y aplicar estas reglas es limitada. En 2021, se revelaron casos de material explícito que involucraba menores de edad, lo que evidencia lagunas en los sistemas de verificación de la plataforma. Sobre ello, la abogada especialista en la protección de los derechos de las mujeres, Ana Fátima López Iturríos, mencionó que no solo las mujeres están expuestas, sino que incluso, aún más grave, este tipo espacios abre la puerta para redes de pedofilia: 

“En el tema de la pedofilia, vemos a niñas que también son convertidas a través de imágenes artificiales. Les ponen cantidad de disfraces y la cara la procuran modificar. Les pintan la nariz  y les ponen pestañas extralargas. Pero son targets reales de personas que están escogiendo para un mercado que pueda ser utilizado en otros espacios”.

El anonimato que permite la plataforma, tanto para creadores como para suscriptores, la convierte en un espacio idóneo para el comercio de contenido pornográfico. Esto ha abierto la puerta para redes que distribuyen material explícito a través de OnlyFans sin un control exhaustivo. Además, muchos creadores usan otras plataformas, como X y Reddit, para promocionar contenido explícito disponible en OnlyFans. Estas redes sociales actúan como un canal para atraer suscriptores y crear redes más amplias de distribución de pornografía, según la Revista Internacional de Estudios Feministas. 

Un negocio muy lucrativo

El ciberacoso sexual a través de plataformas digitales es una problemática vinculada a un lucrativo mercado de distribución de contenido pornográfico. Este mercado genera aproximadamente $97 mil millones de dólares al año. Esto con una significativa porción de estas ganancias vinculada a prácticas no consensuadas, como la difusión de imágenes íntimas sin permiso o la explotación sexual digital. A nivel global, el 25% de las búsquedas en Google están relacionadas con pornografía, lo que demuestra el alcance de esta industria y su impacto cultural y económico.

En términos de redes y plataformas, muchas de las imágenes o videos compartidos sin consentimiento terminan en portales especializados. Ellos obtienen ingresos multimillonarios a través de suscripciones, anuncios y tráfico web. Además, estas actividades están creciendo debido a la facilidad de acceso y anonimato en internet. Esto refuerza la urgencia de regular este mercado y proteger a las víctimas de ciberacoso sexual. Sobre todo porque la mayoría de casos están ligados a violencia de género y explotación sexual de menores. Ello evidencian la magnitud del problema y subraya la importancia de un marco legal y social. También de enfrentar el ciberacoso sexual desarticulando los mercados ilegales que perpetúan la violencia y la explotación.

Los límites de las instituciones

En este contexto, el INAI actúa exigiendo a Google que baje de información de las víctimas. Pero solo lo puede hacer si la jurisdicción es de Google México, si ese motor de búsqueda y el servidor están en el país. Sin embargo, ¿qué pasa si el victimario está en otro país? En dicho caso, la víctima tendrá que solicitar directamente a la empresa que baje su información, sin el apoyo de las instituciones mexicanas. En total, hay 33 iniciativas de ley que dejó la legislatura federal pasada, y que la actual todavía no ha tomado. Olga Navarro expresó su inconformidad tras mencionar lo siguiente: 

“Estan ocupados desapareciendo los organismos autónomos y modificando el Estado de Derecho como lo conocemos en México con la Reforma Judicial. Entonces, hoy la ley de ciberseguridad, no interesa. Y no existe como tal una ley de ciberseguridad”

Sin embargo, lo que sí se puede hacer, y eso es lo que organismos como el INAI y el ITEI que se rigen por la ley en la materia privada y pública, es orientar. Aclaran que lo primero que hay que hacer cuando se encuentre con información propia modificada o manipulada es: 

  1. Guardar las pruebas. Tomar captura de pantalla a todo tipo de evidencias digitales. Sin pruebas, según Navarro, la víctima tiene poco que hacer.
  2. Tratará de identificar al agresor. 
  3. Generar con esa información la denuncia ante el ministerio público correspondiente. 

Es decir, la víctima debe acudir al ministerio público que le corresponda según el lugar de su residencia. Entonces, ingresa toda la información, desde dónde fue, quién fue y cómo fue. Así, las autoridades iniciarán las indagatorias para evaluar si la imagen está editada o no. Y, en caso de que determinen que efectivamente la imagen fue tratada vía IA, entonces la víctima puede solicitar que se baje de los motores de búsqueda su información. Una vez se realice dicha investigación, la policía cibernética es la que debe proceder. 

Sin embargo, como señala López Iturríos, esta legislación tiene limitaciones significativas que dejan a las víctimas expuestas. La abogada expresa su escepticismo hacia el carácter punitivo de la Ley Olimpia. Aunque reconoce la importancia de contar con una legislación que aborde el ciberacoso sexual, advierte que la aplicación de la ley se encuentra atrapada en una estructura patriarcal que dificulta el acceso a la justicia para las víctimas. 

“Las mujeres siempre somos las más afectadas porque se nos exige presentar pruebas, y estas no siempre están a nuestra disposición”, explica. 

A esto se suma el desafío de enfrentar nuevas amenazas como la manipulación de imágenes a través de inteligencia artificial. Este reciente fenómeno vulnera aún más la privacidad y los derechos de las personas, especialmente de mujeres y menores de edad. López Iturríos plantea que el problema es la falta de efectividad en su aplicación. La especialista subraya que, aunque las políticas públicas deberían evolucionar para contemplar las amenazas digitales emergentes, el verdadero cambio requiere una reforma profunda en el sistema judicial y una perspectiva de género que permita una interpretación equitativa de la ley.

“La IA ha añadido una capa de complejidad, y el marco legal actual no está preparado para enfrentar estas formas de violencia digital”.

López Iturríos no es la única abogada que denuncia las limitaciones de la Ley Olimpia. Nazareth Sánchez y Angélica Zendejas, de BunkerMujeresexplican que, aunque la Ley Olimpia contempla sanciones claras para quienes almacenan, comparten o publican contenido íntimo sin consentimiento, su aplicación se ha visto limitada por la falta de personal capacitado en el Ministerio Público y la Policía Cibernética. 

“Los ministerios públicos no están capacitados para entender que lo digital es real y que las afectaciones que sufren las víctimas son físicas, psicológicas y económicas” Nazareth Sánchez. 

La efectividad de la policía cibernética también es cuestionada. Así lo explica López Iturríos:

“Por presentar una denuncia en Jalisco tardas de seis a ocho horas. ¿No te cansarías? Mucha gente claro que se va y no sigue denunciando. Porque aparte tienes que regresar a ratificar, llevar a tus testigos, seguir dando continuidad para que puedas llegar al juez de control de proceso y que diga: ‘ok, vamos a celebrar la audiencia’. Y ¿sabes cuántas mujeres desisten de llegar a eso? Todas”

Además, Angélica Zendejas añade que la falta de sanciones efectivas fomenta la impunidad. En este sentido, hay que resaltar que menos del 3% de las denuncias por ciberacoso sexual logran sentencia en México. Para frenar esa impunidad, tanto el sistema de justicia como las plataformas tecnológicas deben actuar de manera coordinada. Ello con la finalidad de rastrear el origen de contenido ilícito y brindar un apoyo real a las víctimas.

En este contexto, la Ley Olimpia representa un paso importante. Pero, como las especialistas indican, se necesita una reforma profunda. Esta debe garantizar la protección efectiva de datos personales. Además, debe evitar la revictimización y brindar justicia en casos de ciberacoso. La CNDH señala que solo el 40% de los casos de ciberacoso denunciados en México son atendidos correctamente. Esto se debe a la falta de capacitación entre los funcionarios públicos y la escasa infraestructura tecnológica en el sistema judicial. 

Las entrevistas con expertos legales subrayan que una de las barreras principales es la falta de protocolos estandarizados para investigar. También para procesar casos de violencia digital en todo el país. En muchos estados, las víctimas deben enfrentar una respuesta fragmentada y poco eficiente. Se debilita así la confianza en el sistema judicial de las víctimas, reduciendo sus probabilidades de denuncia.

“Tendríamos que pensar en los retos exigibles a la política pública que ya está vigente. No crear más leyes, porque crear más leyes no nos ha llevado a ningún lado. Al día de hoy, desconozco si ha habido suficientes sentencias para corroborar que la ley Olimpia ha tenido fuerza. O si simplemente ha sido una ley punitivista para las arcas de un gobierno y de una persona. Tal vez ha creado un movimiento que en realidad no ha beneficiado a nadie”, aclaró López Iturríos.

Explicó que hay una fuerte influencia de conflicto de intereses, de apatía y de cinismo por parte de los juzgadores. Por lo que, pese a que legislen leyes, si quienes deben ejecutarlas no están dispuestos a ser los primeros en poner el ejemplo, no hay forma de que exista ley que funcione.

“El punitivismo nunca tiene que ver con nosotros. Tiene que ver con lo que van a utilizar los hombres porque tienen mayor capacidad económica y social. ¿Tú crees que los juzgados no comparten fotos de juezas guapas que les gustan a los jueces y los magistrados? ¿Tú crees que los salones de clases no hacen lo mismo con las maestras, con las alumnas, con nosotras? Sí, naturalmente sí. Y lo hacen con tanta claridad de que nada les va a pasar. ¿Por qué? Porque saben que están cubiertos” … 

An impactful artwork illustrating the issue of cyber sexual harassment faced by women. The scene depicts a woman sitting in front of a computer in a dimly lit room, her face showing distress and frustration as glowing, malicious text messages and symbols surround her. The atmosphere is dark, symbolizing the heavy emotional toll. A faint ray of light enters through a window, symbolizing hope and resilience. The digital elements blend into the environment, emphasizing the pervasive nature of online harassment. The style is realistic with a focus on emotional intensity.

*Imagen creada con IA

La inteligencia artificial como arma de doble filo

José Ramírez, director comercial para Latinoamérica en Stellar Science, destaca el potencial de la inteligencia artificial (IA) para detectar patrones abusivos en línea y rastrear imágenes manipuladas. Sin embargo, enfatiza que su implementación efectiva requiere ajustes y aprendizajes específicos para el contexto cultural y lingüístico. Esto abre una ventana de oportunidad para el desarrollo de tecnologías enfocadas a prevenir y contener el ciberacoso sexual. México, catalogado entre los países más ciberatacados del mundo, según Ramírez, enfrenta desafíos críticos en ciberseguridad. Subraya que las redes sociales han avanzado en filtros y controles. Sin embargo, aún enfrentan problemas como el anonimato de los perpetradores y la lentitud de los procesos judiciales.

Las plataformas digitales, como escenario para desarrolla gran parte de esta violencia, han sido criticadas por su falta de acción preventiva. Aunque redes sociales como Facebook, Instagram y X han implementado herramientas para denunciar contenido abusivo, estas medidas suelen ser reactivas en lugar de preventivas. Un informe de la Fundación del Ciberespacio destaca que el 70% de las denuncias de contenido abusivo en plataformas no recibe una respuesta adecuada. Así, esas víctimas quedan en una posición de indefensión.

Este entorno digital permite que los agresores se oculten tras el anonimato, lo que dificulta su identificación y sanción. El Centro de Ciberseguridad y Política Pública revela que el anonimato en línea es una de las principales barreras que enfrentan las víctimas para denunciar. El 70% de ellas considera que no hay manera de rastrear a sus agresores, lo que fomenta la impunidad.

El flagelo del Ciberacoso Sexual

Los testimonios de mujeres que han sufrido ciberacoso revelan el alcance de los daños. Según datos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el 70% de las víctimas de ciberacoso experimentan ansiedad y depresión. Y el 55% reporta problemas de autoestima como consecuencia directa de la violencia digital. Además, la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (ENDUTIH) de 2020 destaca que las mujeres jóvenes de entre 18 y 30 años tienen un 27% más de probabilidades que los hombres de ser víctimas de acoso.

Más allá de las estadísticas, las víctimas enfrentan una serie de barreras sociales y legales. Muchas de ellas evitan denunciar por temor a la estigmatización y revictimización, lo que contribuye a una cultura de silencio. Según la organización Internet México, el 65% de los casos de ciberacoso no se denuncian por el miedo a ser juzgadas o a no recibir apoyo adecuado.

Mientras tanto, Iliana …

Las respuestas que Iliana recibió de las autoridades universitarias reflejaron el interés en proteger su reputación. Los comentarios de algunos funcionarios minimizaron el impacto del acoso digital que sufría. “¿Estás segura de que no compartiste las fotos voluntariamente? O “Tal vez es mejor no hacer un escándalo de esto” fueron solo algunas de las frases que tuvo que escuchar. Esos comentarios no solo cuestionaban su credibilidad, sino que la responsabilizaron de todo.

Cuando finalmente intentó formalizar una queja, enfrentó retrasos interminables. Entre pérdida de documentos y reuniones donde se priorizaba el protocolo burocrático. Estos actos, aunque sutiles, transmitieron un mensaje claro: su caso no era una prioridadEsta indiferencia institucional se convirtió en una segunda agresión. La obligaron a justificar una y otra vez su sufrimiento ante personas más interesadas en evitar conflictos internos que en brindarle justicia. Al final, Iliana tomó la difícil decisión de enfocarse en su recuperación emocional. Aunque el proceso fue doloroso, decidió abandonar temporalmente sus estudios para alejarse del entorno universitario.

El entorno favorece al agresor

En el caso de ‘R’, el agresor, las consecuencias fueron prácticamente nulas. A pesar de las pruebas que Iliana presentó, como capturas de pantalla y mensajes que confirmaban el acoso digital. Inicialmente, “R” negó las acusaciones y se escudó en argumentos como que había sido un “malentendido”. Las autoridades universitarias, en lugar de actuar con firmeza, optaron por medidas leves. Tan solo emitieron advertencias y la mera recomendación de asistir a una sesión de sensibilización.

Por su parte, el entorno social también favoreció a ‘R’. Algunos compañeros lo defendieron. Argumentaban que se trataba de un “chico brillante” y que esto no debería afectar su trayectoria académica. Otros culpabilizaron a Iliana, sugiriendo que exageraba o que debía superar el incidente sin buscar mayores repercusiones. En consecuencia, ‘R’ continuó sus estudios casi sin interrupciones. Aunque su reputación sufrió leves cuestionamientos en algunos círculos, no enfrentó sanciones legales ni académicas. Esta falta de acción envió un mensaje preocupante sobre la impunidad en casos de violencia digital y acoso.

Atrapados en la red

El filósofo Jean-Paul Sartre dijo una vez que “el infierno son los demás” … 

“Para los filósofos individualistas el hombre es un ser social por conveniencia. El individuo puede utilizar a otras personas como medios para realizar sus fines. El bien individual sería, entonces, disponer de los medios necesarios (entre ellos la sociedad) para que cada uno realice sus fines individuales”. Pierpaolo Donati. 

En pleno siglo XXI resulta casi improbable evitar el uso de la tecnología. Permanecer interconectados en distintos medios y plataformas digitales es lo de hoy. El miedo a que cualquiera y en cualquier lugar pueda, con tan solo una fotografía y un buen manejo de la tecnología,  alterar la imagen, evidencia lo expuestos que estamos todos a que nos sexualicen y vulneren con fines muchas veces lucrativos. En otras ocasiones, la finalidad es simplemente la venganza o la diversión a costa ajena.

Basta con estar sumergido en la digitalización y exponer la imagen propia para ponernos en peligro. Así sucederá mientras continúe existiendo una industria interesada en explotar la dignidad humana. Y sobre todo, mientras siga existiendo un mercado ilícito de consumo de pornografía. El dinero pesa más que los derechos y las leyes, junto con quienes las deben ejercer. Los intereses fomentan el delito a través de la negligencia y la impunidad. Lo único que es un hecho es que la vulnerabilidad de los derechos humanos cada vez se ve más expuesta ante distintas formas de violentar a una creciente lista de personas, sobre todo mujeres, como víctimas sin justicia.

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