Cuando la tradición sangra

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El pasado 25 de Marzo del año en curso, Clara Marina Brugada Molina, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, firmó el decreto que reforma la Ley de Protección y Bienestar Animal de la Ciudad de México, así como la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en la Ciudad de México.

Este decreto, entre otras cosas, diseñó en las leyes antes referidas el concepto de “Espectáculo taurino sin violencia”, mismo que prohíbe la realización de espectáculos taurinos con toros, novilladas, rejoneo, becerradas, festivales taurinos y tientas en las que se le causen lesiones de cualquier tipo a los animales o se les provoque la muerte durante o después del evento. Aunado a lo anterior y con el objetivo de garantizar la protección de la integridad física de los animales, se prohibió la utilización de objetos punzantes que provoquen heridas, lesiones o la muerte del toro o novillo, como la puya, banderillas, estoque, rejón, descabellos y puntillas; únicamente se podrán utilizar el capote y la muleta. Estas prohibiciones atentan contra la naturaleza de las corridas de toros, ya que se alteran los factores de una actividad que ha sido el pasatiempo de cientos de familias mexicanas, lo que muy probablemente impactará drásticamente en la audiencia que esta tiene.

Este decreto es el inicio del fin de las corridas de toros, ya que acrecienta la presión que sufren los congresos de las entidades federativas para legislar en contra de esta actividad considerada por millones de personas como un “arte” y por muchos otros como el reflejo de la crueldad humana. Esta dualidad de ideas no es novedosa, ni motivo de análisis de la presente nota, no obstante, resulta complicado no preguntarse si estas reformas realmente buscan proteger a los animales o simplemente es una respuesta de la autoridad para callar a los opositores de las corridas de toros, si bien, de ahora en adelante en la Ciudad de México habrá “Espectáculos taurinos sin violencia”, las leyes que se reforman expresamente exceptúan de su regulación, hasta cierto alcance, lo relacionado con las peleas de gallos, jaripeos, charreadas, carrera de caballos o perros, espectáculos de adiestramiento, entre otros; actividades que según distintas interpretaciones fomentan el maltrato animal o atentan contra la integridad física de los animales participantes, acaso ¿Hay animales más importantes que otros o la naturaleza de las actividades en que estos participan es lo que justifica su prohibición?

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